🏛️ Base Legal
Fundamento normativo de la calculadora SUPA
La calculadora y la tabla de pensiones alimenticias se fundamentan en la normativa ecuatoriana vigente sobre alimentos, niñez y discapacidad. A continuación se detallan las principales normas que sustentan el funcionamiento del Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA).
1. Código Civil
El Código Civil ecuatoriano establece las bases fundamentales sobre las obligaciones parentales y los gastos de crianza:
- Artículo 268: Regula el cuidado personal, la crianza y educación de los hijos, estableciendo las responsabilidades básicas de los progenitores.
- Artículos 273 a 276: Determinan los gastos de crianza, educación y establecimiento, así como la obligación de contribuir a dichos gastos por parte de los padres y, en su defecto, de los abuelos en línea recta ascendente.
2. Código de la Niñez y Adolescencia
El Código de la Niñez y Adolescencia (CNA) constituye el marco normativo principal para la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes:
- Artículo 26: Reconoce el derecho de niños, niñas y adolescentes a una vida digna, que asegure alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente, así como condiciones de vivienda, educación, vestido, salud y recreación adecuadas.
- Artículo 102: Establece los deberes fundamentales de los progenitores, incluyendo la provisión de recursos económicos, afectivos y de cuidado necesarios para el desarrollo integral de sus hijos e hijas.
- Título V "Del derecho de alimentos": Artículos 1 a 4 y siguientes definen el contenido del derecho de alimentos (sustento, habitación, vestido, educación, asistencia médica, recreación), sus características (intransferible, irrenunciable, imprescriptible) y los titulares del derecho (menores de edad, personas con discapacidad, adultos mayores en situación de vulnerabilidad).
3. Ley Orgánica de Discapacidades
Esta ley establece protecciones especiales y beneficios aplicables cuando el alimentario (quien recibe la pensión) o el alimentante obligado tiene una condición de discapacidad:
- Garantiza derechos ampliados para personas con discapacidad, lo que se traduce en recargos porcentuales sobre las pensiones alimenticias según el grado de discapacidad certificado.
- Establece criterios de protección especial que la tabla SUPA incorpora mediante porcentajes adicionales para asegurar una cobertura acorde a las necesidades específicas.
- Determina obligaciones reforzadas para garantizar el bienestar integral de las personas con discapacidad, incluyendo el acceso a tratamientos, terapias y apoyos necesarios.
4. Resolución CJ-SUPA-2024 y Reglamento SUPA 2025
El Consejo de la Judicatura del Ecuador emitió normativa específica que desarrolla técnicamente el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA):
- Niveles de ingreso: Establece rangos o niveles salariales del alimentante obligado para determinar el porcentaje de pensión aplicable.
- Porcentajes mínimos: Define los porcentajes base que corresponden según el número de beneficiarios (hijos/as), diferenciando entre menores y mayores de 3 años.
- Recargos por discapacidad: Incorpora incrementos porcentuales cuando existe discapacidad del alimentario o del obligado, graduados según el nivel de discapacidad certificado.
- Criterios técnicos: Proporciona parámetros objetivos que orientan a los operadores de justicia para la fijación de pensiones, promoviendo uniformidad y equidad en las decisiones judiciales.
5. Actualización Normativa
La normativa sobre pensiones alimenticias puede sufrir modificaciones. Lexenlace se compromete a mantener actualizada esta calculadora conforme a los cambios normativos y resoluciones del Consejo de la Judicatura.
Última actualización de la tabla SUPA: 2025
Última revisión de esta página: Diciembre 2025